El documento se presentará la semana que viene a las autoridades

La CESS aprobó por 10 votos en 15 el Informe de Recomendaciones y se aprobó una declaración final por consenso relativa a los trabajos desarrollados desde el 6 de noviembre de 2020

12 de Noviembre de 2021



Los 15 integrantes de la Comisión de Expertos en Seguridad Social (CESS) acordaron una moción sobre su proceso de trabajo y 10 votaron conforme el Informe de Recomendaciones para la Reforma del Sistema Previsional uruguayo, el viernes 12 de noviembre en lo que fue su última sesión en pleno.

El Informe de Recomendaciones será presentado en los próximos días a la presidencia de la Asamblea General y a la Prosecretaría de Presidencia. Con esa presentación, la CESS cumple con su mandato legal y concluye su trabajo. Los pasos siguientes hacia la reforma son: la redacción de un proyecto de ley por parte del Poder Ejecutivo y el posterior debate y proceso parlamentario

El Informe de Recomendaciones fue elaborado a partir de la evidencia resultante del Informe de Diagnóstico, aprobado por la Comisión el pasado 19 de marzo, del conjunto de estudios disponibles, del intercambio realizado en 8 grupos de trabajo conformados en su momento por todos los integrantes de la Comisión y de las iniciativas o propuestas recibidas por la presidencia de la CESS.

El Documento de Trabajo que generaron 9 miembros de la comisión y que presentaron a todos los integrantes de la CESS el 5 de octubre fue el insumo para la Recomendaciones. Se tuvo en consideración también el aporte presentado por el PIT-CNT a título de insumo para el proceso de discusión de la reforma y el documento con propuestas que presentaron en la discusión parlamentaria de la última Rendición de Cuentas. Se tuvieron presentes, además, los intercambios durante el proceso de diálogo social realizado desde noviembre de 2020 hasta el presente. 

En la moción de acuerdo, los 15 expertos afirman: “El trabajo desarrollado ha permitido sistematizar un conjunto de información y estudios a los efectos de considerar y evaluar alternativas de política que, por su entidad y características, contribuirá en las próximas etapas del necesario proceso de reforma y a la relevancia del tema previsional en la sociedad uruguaya”.

Principales recomendaciones

Los cambios demográficos que caracterizan este siglo hacen que nuestra sociedad y economía sean totalmente diferentes a las del siglo pasado. Es necesario adecuar las instituciones a la nueva realidad, mediante una visión global de la sociedad del envejecimiento. Para eso, se sugiere considerar un conjunto acciones:

  1. Se recomienda establecer un régimen uniforme o igualitario. La principal recomendación en este sentido es que todos los nuevos trabajadores que ingresen al mercado de trabajo, cualquiera sea el sector de actividad en que se desempeñen, se incorporen con las mismas reglas (régimen mixto).
  2. Los cambios paramétricos que se recomiendan aplican a todos los regímenes, cualquiera sea la entidad gestora. Los cambios recomendados en cuanto a extensión de la vida laboral, tiempo mínimo de aportación, cómputos fictos por cuidados -tanto los vigentes como los que se proponen- y fórmula de cálculo de los beneficios, aplicarían a todos los regímenes. 
  3. Se recomienda la extensión de la vida laboral mediante estímulos incorporados en la fórmula de cálculo de los beneficios y el cambio de la edad mínima jubilatoria en todos los regímenes. Se propone elevarla, a razón de un año por generación. Se plantean dos opciones: iniciar el proceso a partir de las personas nacidas en 1967 o 1971, con lo que se alcanzaría la edad de 65 años para los nacidos en 1971 o 1975, respectivamente. La opción por un escenario u otro implica diferente dinámica de contención y reversión de la trayectoria al alza del nivel de gasto público previsional.
  4. Las prestaciones del pilar 1 a cargo del BPS y demás entidades públicas previsionales se liquidan a partir de un salario de referencia (sueldo o haber básico jubilatorio o de retiro). En la normativa vigente se calcula sobre la base del último salario, del promedio de los últimos tres, cinco o diez años de aportación o de los veinte o treinta mejores años. Se recomienda, a partir de la vigencia de las nuevas reglas, determinarlo para todos los regímenes en base a los 300 mejores meses de aportación, actualizados por Índice Medio de Salarios.
  5. Se recomienda incorporar en la arquitectura del sistema un procedimiento de ingreso mínimo garantizado mediante el cual se suplementa las asignaciones de jubilación y pensión vía la asignación de recursos de fuente fiscal. Este complemento varía en función de las prestaciones que obtengan quienes se jubilen: quienes hayan tenido historiales laborales más discontinuos y con menores sueldos, recibirían un mayor aporte, producto del esfuerzo tributario de la sociedad.
  6. El procedimiento de transición que se recomienda aplica la regla de proporcionalidad: reconoce los derechos en curso de adquisición, entre el tiempo aportado en el régimen que se sustituye y el que se aporte en el régimen que se propone, con un rango de entre 5 y 10 años para el inicio de la aplicación de las nuevas normas.
  7. Se recomienda acotar los retiros obligatorios en el servicio de retiro militar al personal estrictamente militar y con requisitos de edad mayores a los aprobados en la reforma de 2018. En los demás parámetros, se recomienda aplicar a estos funcionarios los parámetros del régimen general, conforme las reglas de convergencia indicadas.
  8. Una vez culminados los procesos de convergencia y de transición, todos los uruguayos tendrán un régimen jubilatorio diseñado sobre la base del principio de igualdad. Progresivamente, se irá disminuyendo la incidencia de las viejas reglas e incrementándose la incidencia de las nuevas. Es un procedimiento de transición particularmente lento, que podría requerir ajustes en ciertos casos (por ejemplo, Caja de Profesionales) o si se dilatara la toma de decisiones.
  9. Sin perjuicio de lo indicado, en cuanto a la unificación gradual de parámetros, no puede desconocerse la existencia de actividades de naturaleza tal que pueden requerir tratamientos diferenciales a título de excepción, tal como ha sido tradición, por ejemplo, mediante bonificaciones de servicios de ciertas actividades que se ha entendido lo justificaban. Para ello se requiere un sólido fundamento y una relación de proporcionalidad entre el fundamento y el tratamiento diferencial y su correspondiente financiamiento.
  10. A efectos de obtener lo mejor de vidas más extensas, se recomienda un conjunto de medidas que habiliten que, conforme sus preferencias, las personas puedan compatibilizar trabajo y jubilación, ya sea mediante una redefinición de retiro parcial o mediante la habilitación del cúmulo de trabajo y jubilación
  11.  En materia de pensiones no contributivas no se proponen modificaciones.
  12. Se recomienda un conjunto de modificaciones tendientes a mejorar la eficiencia en la administración de los fondos del pilar de ahorro individual. Por un lado, se propone considerar modificaciones de diseño para contener y reducir las comisiones por administración y estimular la competencia de mercado y, por otro lado, se recomienda la incorporación de nuevas opciones de inversión que propicien mejores rentabilidades. 
  13. Existe suficiente evidencia -recogida en el Informe de Diagnóstico- de que es necesario que exista una entidad que ejerza la superintendencia de todo el sistema, razón por la que se está proponiendo la creación de una unidad reguladora, en base a los criterios de independencia aplicables a este tipo de entidades y dentro el marco constitucional vigente.
  14. La reforma que se recomienda tendrá efectos en el mediano y largo plazo. Durante la actual y próxima administración los efectos serán nulos y apenas perceptibles, respectivamente. Es consecuencia de una transición que respeta los derechos adquiridos y reconoce plenamente los derechos en curso de adquisición. En cuanto a la trayectoria del nivel de gasto público previsional, se contiene y revierte su tendencia alcista, conforme el objetivo de no trasladar más exigencias de financiamiento hacia las próximas generaciones. 

Trabajo de la CESS

La Comisión de Expertos en Seguridad Social comenzó a su tarea el 5 de noviembre de 2020, día de su instalación, con el mandato de diagnosticar el sistema previsional uruguayo y realizar recomendaciones para su reforma.

El proceso de trabajo de la comisión se fundó y resulta de un diálogo social abierto, participativo y transparente, del intercambio de diferentes actores de la sociedad: organizaciones sociales, partidos políticos, entidades públicas y privadas, administrativas y académicas, nacionales e internacionales. En el marco de la CESS, se creó la Secretaría Técnica que permitió un diálogo interinstitucional que contó con la participación de unos 20 técnicos de diferentes entidades del Estado. 

La tarea de la CESS se ha organizado en reuniones plenarias entre los integrantes de la comisión, designados por el Poder Ejecutivo en consulta con los partidos políticos y las organizaciones sociales, así como en grupos de trabajo para analizar las diferentes problemáticas. 

Además, los expertos se han reunido en unas 80 audiencias con unas 280 personas de diferentes organizaciones de la sociedad civil, y han asistido a más de 30 actividades académicas en las que participaron al menos 84 especialistas nacionales e internacionales. Estas instancias fueron organizadas por la CESS o coorganizadas entre la CESS e instituciones académicas, organismos internacionales u organizaciones sociales.